Sentencia 15/2018 del Pleno del Tribunal Constitucional, de 25 de enero de 2018 (Ponente: Ricardo Enríquez Sancho)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE Núm. 72, de 23 de marzo de 2018
Temas Clave: Fondo del carbono; Cambio climático; Emisiones de gases efecto invernadero; Economía sostenible; Medio ambiente; Competencias; Reducciones verificadas de emisiones; Proyectos nacionales; Competencias ejecutivas del Estado; Dirección y organización; Consejo rector; Comisión ejecutiva; Comisión de coordinación de políticas de cambio climático; Participación de las Comunidades Autónomas; Mecanismos de colaboración; Verificadores ambientales
Resumen:
A través de esta resolución judicial, el Pleno del Tribunal resuelve el conflicto positivo de competencia interpuesto por la Generalitat de Cataluña en relación con los artículos 7.4, 8.2, 14 y 15, y la disposición adicional única del Real Decreto 1494/2011, de 24 de octubre, por el que se regula el fondo de carbono para una economía sostenible. La Generalitat considera que los citados preceptos vulneran sus competencias en materia de medio ambiente basándose, con carácter general, en que el funcionamiento del fondo responde a criterios totalmente centralizados, tanto en cuanto a la toma de decisiones como a
Orden APM/206/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el fuel recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo c para su uso como combustible en buques deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 54, de 2 de marzo de 2018
Temas Clave: Aceites; Residuos; Buques; Combustibles; Hidrocarburos; Sustancias peligrosas
Resumen:
Mediante una orden ministerial pueden establecerse los criterios específicos de finalización de la condición de residuo que deben cumplir ciertos residuos cuando, tras someterse a operaciones de valorización, incluido el reciclado, se destinan a un uso determinado, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: que las sustancias u objetos resultantes se usen habitualmente para finalidades específicas; que exista un mercado o una demanda para dichas sustancias u objetos; que las sustancias u objetos resultantes cumplan los requisitos técnicos para finalidades específicas, la legislación existente y las normas aplicables a los productos; y que el uso de la sustancia u objeto resultante no genere impactos adversos para
Orden APM/205/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el aceite usado procesado procedente del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 54, de 2 de marzo de 2018
Temas Clave: Residuos; Aceite usado procesado; Combustible
Resumen:
La Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, introdujo un procedimiento nuevo para definir los criterios mediante los cuales se pueda establecer que un determinado flujo de residuos pueda dejar de ser considerado residuo. Por otra parte, a tenor de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que regula el principio de jerarquía de residuos, los aceites usados deben destinarse como primera prioridad a la regeneración (reciclado) y como segunda a la valorización energética, bien directa bien mediante la obtención de combustibles.
En relación con esta última, el entonces Ministerio de Agricultura,
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de marzo de 2018, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
Resolución de 27 de febrero de 2018, por la que se convocan las ayudas a la destilación de subproductos de la vinificación y otras formas de transformación de la uva, correspondientes a la campaña 2017-2018. (BOE núm. 53, de 1 de marzo de 2018)
Fuente: https://www.boe.es/boe/dias/2018/03/01/pdfs/BOE-A-2018-2883.pdf
Plazo: las solicitudes de ayuda se pueden presentar hasta el 20 de julio de 2018.
Andalucía
Resolución de 6 de marzo de 2018, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se actualiza el crédito de la convocatoria de la línea de incentivos Construcción Sostenible y se desarrolla la Orden de 23 de diciembre de 2016, por
Inclusión de 83 nuevos humedales de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Inventario español de zonas húmedas
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución de 25 de enero de 2018, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural. (BOE núm. 45, de 20 de febrero de 2018)
Temas Clave: Biodiversidad; Humedales
Resumen:
La Comunidad Autónoma de Andalucía amplía su aportación al Inventario español de zonas húmedas con la inclusión de un total de 83 nuevos espacios, 3 de los cuales son el resultado de la ampliación/fusión de sitios ya anteriormente incluidos en este inventario, tal y como se indica en las tablas correspondientes. Como consecuencia de esta ampliación/fusión de espacios, y por necesidades estructurales de la base de datos que gestiona este registro, se lleva a cabo una reasignación de códigos y una modificación de nombres en varios de los sitios relacionados.
La información detallada sobre localización geográfica, superficie y mapa de delimitación de todos ellos, se incluye en el anexo de la Resolución.
Con todo ello el número de humedales andaluces incluidos en este inventario nacional asciende a
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