Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 21 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Elena Concepción Mendez Canseco)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ EXT 554/2019 – ECLI: ES:TSJEXT:2019:554
Temas Clave: Fiscalidad ambiental; Impuesto sobre Instalaciones que incidan en el Medio Ambiente; Liquidación; Financiación autonómica; Finalidad extrafiscal; Electricidad
Resumen:
“Iberdrola Generacion Nuclear, S.A.U.” plantea recurso contencioso-administrativo contra la actuación administrativa de la Junta de Extremadura que desestima la reclamación económico- administrativa interpuesta frente a la desestimación de la solicitud de rectificación de la autoliquidación del Impuesto sobre Instalaciones que incidan en el Medio Ambiente, modalidad de producción, almacenaje o transformación de energía eléctrica.
A diferencia de lo que ocurrió con los anteriores procesos examinados por esta misma Sala, el actual se refiere a un período impositivo al que le resulta aplicable la nueva redacción del artículo 6.3 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas que fue reformado por la Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre.
Se hace especial hincapié tanto en la nueva redacción del precepto
Se aprueba el Plan de Gestión Natura 2000 de Barrancos y Montes de Mallorca
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 71, de 28 de mayo de 2019
Temas Clave: Red Natura 2000; Zonas de especial conservación; Planificación; Gestión
Resumen:
Este Plan abarca de los siguientes espacios protegidos Red Natura 2000:
LIC SE5310015 Puig de Sant Martí
LIC SE5310029 Na Borges
LIC SE5310101 Randa
LIC SE5310102 Xorrigo
Se estructura en dos grandes bloques. El primero es de marcado carácter descriptivo. Éste comienza con una Introducción, en la que se exponen someramente algunas generalidades sobre los espacios y el PG, que incluye un subapartado en la que se enumera la legislación aplicable. Le sigue un apartado en el que se citan toda una serie de Disposiciones Generales, entre las que se encuentran la naturaleza, vigencia y ámbito de aplicación del PG. A continuación se presenta un apartado de Diagnóstico y Memoria Descriptiva, en el que se recogen de manera sistemática las cuestiones relacionadas con la conservación de los elementos naturales de la ZEC. El bloque concluye con los listados de hábitats y especies en régimen
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 6 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Ramón Chulvi Montaner)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJM 2197/2019 – ECLI: ES:TSJM:2019:2197
Temas Clave: Transporte; Ayuntamiento de Madrid; Tráfico; Contaminación atmosférica; Dióxido de nitrógeno
Resumen:
El recurso contencioso-administrativo tiene por objeto la impugnación del Decreto nº 888, de 27 de diciembre de 2016 de la Delegada del Área de Gobierno, de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, por el que se adoptan en la ciudad de Madrid las medidas de restricción del tráfico y del estacionamiento previstas en el Protocolo de Medidas a adoptar durante episodios de Alta Contaminación por dióxido de nitrógeno, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 21 de enero de 2016.
La impugnación de “UNAUTO VTC” se ciñó a su aplicación a los vehículos de arrendamiento con conductor. La sentencia de instancia estimó el recurso contencioso administrativo declarando la nulidad del decreto en cuanto a las limitaciones y restricciones de circulación aplicadas al transporte de viajeros de arrendamiento de vehículos
Se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 98, de 24 de mayo de 2019
Temas Clave: Parques Nacionales; Guadarrama; Gestión; Programas sectoriales; Cooperación interadministrativa
Resumen:
El Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, fue declarado mediante Ley 7/2013, de 25 de junio, dotándose de un régimen jurídico especial con la finalidad de garantizar la conservación de los ecosistemas naturales y la viabilidad de su evolución natural, al ser una muestra representativa de los sistemas naturales españoles, por su riqueza ecológica y cultural sobresaliente. Su conservación merece una atención preferente y se declara de interés general del Estado conforme a la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales y su consecuente inclusión en la Red de Parques Nacionales del Estado.
Cuenta con una superficie de 33.960 hectáreas pertenecientes a las Comunidades Autónomas de Madrid (21.714 hectáreas) y de Castilla y León (12.246 hectáreas), correspondiendo la gestión ordinaria y habitual de este espacio a ambas comunidades
Sentencia del Tribunal Supremo, de 13 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: José Manuel Bandrés Sánchez Cruzat)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 1571/2019 – ECLI: ES:TS:2019:1571
Temas Clave: Eficiencia energética; Fondo Nacional; Gas; Electricidad; Aportaciones y cuotas; Distribución y comercialización; Reserva de Ley; Principio de igualdad
Resumen:
El Alto Tribunal examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil “CIDE HC ENERGÍA, S.A.” contra la Orden IET/289/2015, de 20 de febrero, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) en el año 2015.
Los motivos esgrimidos por la recurrente se basan, en primer término, en que la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, vulnera la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 relativa a la eficiencia energética, por cuanto su artículo 7.1 dispone que las compañías obligadas han de alcanzar un objetivo de ahorro de energía acumulado a nivel de usuario final. Añade que la normativa española ha establecido
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