Decreto Foral 49/2020, de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BON núm. 169, de 31 de julio de 2020
Palabras clave: Residuos. Prevención. Reutilización. Financiación.
Resumen:
Tal y como se establece en la Exposición de Motivos de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de residuos y su fiscalidad, el Fondo de Residuos de Navarra se crea para mitigar los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente en el ámbito de los residuos, con el objetivo de estimular el mejor resultado medioambiental global: la prevención, la preparación para la reutilización y el reciclado de los residuos.
Al efecto, el artículo 42 de la Ley Foral 14/2018 establece la necesidad de aprobar un reglamento que establezca los criterios de gestión, organización y distribución del Fondo de Residuos, que es precisamente la finalidad de la presente norma.
En ella se regula la composición anual del Fondo de Residuos y los criterios para su
Ley 1/2020, de 13 de julio, para la mejora de las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos andaluces mediante técnicas bioclimáticas y uso de energías renovables
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 138, de 20 de julio de 2020
Palabras clave: Eficiencia energética en la edificación. Comunidad educativa. Salubridad. Cambio climático. Huella de carbono. Auditorías energéticas. Participación ciudadana.
Resumen:
Las condiciones interiores en las que se desarrolla la enseñanza y aprendizaje de conocimientos exigen que todos sus actores disfruten de unas condiciones ambientales y de salubridad adecuadas. Dentro de este marco, Andalucía se propone llevar a cabo las acciones oportunas para garantizar un ambiente saludable al conjunto de la comunidad educativa, garantizando un ambiente confortable en términos de temperatura, humedad y ventilación de las edificaciones, tanto en los colegios como en los institutos. Al mismo tiempo, se pretende limitar el gasto energético en electricidad y combustibles fósiles, así como las emisiones de gases de efecto invernadero. Andalucía pretende convertirse de esta manera en abanderada de la lucha contra
Declaración de la Zona de Especial Conservación Serra Grossa y aprobación de su plan de gestión
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de julio de 2020 por el cual se declara zona especial de conservación (ZEC) el lugar de importancia comunitaria (LIC) ES5310034 Serra Grossa de la Red Ecológica Europea Natura 2000 en las Islas Baleares. (BOIB núm. 118, de 4 de julio de 2020).
Decreto 19/2020, de 3 de julio, por el cual se aprueba el Plan de Gestión Natura 2000 Serra Grossa. (BOIB núm. 118, de 4 de julio).
Palabras clave: Red Natura 2000. Planificación. Gestión.
Resumen:
De acuerdo con la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), corresponde al Consejo de Gobierno, mediante un acuerdo, la declaración como ZEC de los LIC que hayan sido seleccionados y designados por la Comisión Europea, Así, en cumplimiento del artículo 9.2. de la LECO, el 10 de octubre de 2014 el Consejo de Gobierno
Sentencia del Tribunal Supremo, de 6 de julio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: José María del Riego Valledor)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2280/2020 – ECLI: ES:TS:2020:2280
Palabras clave: Residuos. Purines. Retribución. Instalaciones tipo. Derechos de emisión.
Resumen:
La Sala conoce del recurso planteado por una mercantil contra la Orden TEC/1174/2018, de 8 de noviembre, por la que se establecen los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a las instalaciones de tratamiento y reducción de purines aprobadas por la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, y se actualizan para el semiperiodo 2017-2019.
Con carácter previo, el Tribunal trae a colación los antecedentes de la Orden impugnada, deteniéndose en el nuevo marco jurídico y económico que para el sector purines de porcino llevó a cabo la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y sus desarrollos reglamentarios posteriores. Examina las Órdenes que establecieron los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a las instalaciones de tratamiento y reducción de purines,
Sentencia del Tribunal Supremo, de 29 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Octavio Juan Herrero Pina)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2121/2020 – ECLI: ES:TS:2020:2121
Palabras clave: Pesca. Cuotas. Atún rojo. Plan de recuperación. Censos. Principio de discriminación. Criterios medioambientales. Pesca artesanal. Derechos históricos.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por la Comunidad Autónoma de Canarias contra el Real Decreto 46/2019, de 8 de febrero, por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y el Mediterráneo, a través del cual interesa que se declare no ajustado a derecho el artículo 4 sobre reparto de cuotas. Son parte demandada la Administración del Estado y la entidad “Tío Gel, S.L.”
Son numerosas las disposiciones a través de las cuales se ha fijado el marco de gestión nacional de las posibilidades de pesca del atún rojo desde que en 2007 entrara en vigor el denominado “plan de recuperación plurianual para el atún rojo en el Atlántico
|