Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos (BOCAN núm. 156, de 14 de agosto de 2013)
Autora: Mar Lázaro Gálvez, Alumna en prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Actividades clasificadas; Intervención administrativa; Comunicación previa; Contaminación acústica; Residuos; Seguridad, salud de las personas y medio ambiente
Resumen:
A través de la aprobación de la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias, se estableció el régimen jurídico aplicable a estas actividades y se determinaron los instrumentos de intervención administrativa a las que aquellas quedaban sometidas, generalizándose el régimen de comunicación previa, de tal forma que la exigencia de autorización resultara excepcional, previéndose, en su caso, una reducción de los plazos de máximos de resolución y la generalización del silencio administrativo. Como consecuencia de lo anterior, se reforzó el control a posteriori. La Ley también articula medidas de coordinación respecto del procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental integrada así como regularización de diversos supuestos de responsabilidad administrativa.