Ley 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo Canario de Especies Protegidas. (BOC núm. 112, de 9 de junio de 2010)
Autora de la norma: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
En la Comunidad Canaria, la preservación de la biodiversidad es un objetivo primordial, porque se han formado numerosos endemismos, superando la cifra de 3.600 especies y 600 subespecies, entre plantas, algas, hongos y animales, constituyéndose el archiélago en el centro de biodiversidad más relevante en el ámbito comunitario; lo que justifica la necesidad de dotar a esta materia de un cuerpo legal que dé coherencia a todo el conjunto normativo existente hasta el momento.
Esta ley tiene como finalidad alcanzar un nivel elevado de protección de las especies, otorgando mayor rigor a las figuras de protección con el objetivo de propiciar un desarrollo más sotenible en el territorio de la Comunidad. Se lleva a cabo una reordenación de la tipología de especies protegidas para lograr una correspondencia clara entre el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas.
A tal
Ley 3/2010, de 21 de mayo, por la que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior. (BOJA núm. 111, de 8 de junio de 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El objetivo de la presente Ley es adaptar la normativa andaluza de rango legal a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y por tanto, incorporar parcialmente al derecho español la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
La Directiva, se planeta por objetivos la eliminación de los obstáculos que se oponen a la libertad de establecimiento de quienes presten servicios en los Estados miembros así como a la libre circulación de servicios entre los Estados miembros, y garantizar, tanto a las personas destinatarias como a las prestadoras de los servicios,
Decreto-Ley 1/2010, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, de modificación de diversas leyes de la Comunidad Autónoma de Aragón para la transposición de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. (BOA núm. 86, de 5 de mayo). Convalidado por Resolución de 20 de mayo de 2010. (BOA núm. 104, de 31 de mayo de 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El objeto de este Decreto-ley, es la adaptación de la normativa de rango legal de la Comunidad Autónoma de Aragón a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades y servicios y su ejercicio, así como transponer la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Para una efectiva aplicación y desarrollo de los principios y medidas establecidos tanto en la Ley como en la Directiva, se
Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA nº 66, de 7 de abril, de 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Amparándose en los artículos 56.3 y 92.2.a) del Estatuto de Autonomía andaluz, que otorgan competencias a la Comunidad Autónoma y a los Ayuntamientos en materia de disciplina urbanística, y en cumplimiento de la Disposición Final Única de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se dicta el presente Reglamento, con el objeto de desarrollar los Títulos VI y VII de la mencionada ley, relativos a disciplina e infracciones y sanciones en materia urbanística.
Este Decreto, desplaza al Reglamento de Disciplina Urbanística estatal, aprobado por Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, con la excepción de los artículos 10, 11, y 18 a 28, referidos a órdenes de ejecución, que seguirán siendo de aplicación, siempre que sean compatibles con la Ley 7/2002, de 17 de diciembre y con el presente Decreto.
Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de marzo de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: D. Eduardo Calvo Rojas).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: CENDOJ. ID: 28079130052010100129.
Temas Clave: clasificación del suelo; potestad reglada vs. potestad discrecional; suelo no urbanizable; preservación del valor ambiental, natural, paisajístico y ecológico del suelo.
Resumen:
La sentencia examina los recursos de casación interpuestos por el Ayuntamiento de las Navas del Marqués, la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la entidad Residencial Aguas Nuevas S.L., contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 29 de septiembre de 2006, en la que se estimó en parte, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Everardo, contra el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Ávila de 30 de abril de 2003, que aprobaba definitivamente la Revisión de las Normas Urbanísticas Municipales de Las Navas del Marqués (Ávila), y contra la Orden de la Consejería de Fomento de fecha de 23 de octubre de 2003, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra el
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