La mediación como herramienta para la resolución del conflicto en torno al lobo
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Grupo Campo Grande
Temas Clave: Biodiversidad; Mediación; Conflictos ambientales; Lobo ibérico; Fauna amenazada; Custodia del territorio; Participación; Resolución de conflictos, Ganadería extensiva
Resumen:
La población de determinadas especies como el lobo ibérico (Canis lupus signatus) o el oso pardo (Ursus arctos) están experimentando una leve pero progresiva recuperación de sus antiguos territorios durante los últimos años. Esta situación es una de las causas del aumento de conflictos sociales en el ámbito rural. Pero lo cierto es que no es ni mucho menos éste el verdadero motivo, sino que es la suma de numerosas circunstancias tales como los cambios en los sistemas de gestión del territorio, las nuevas sensibilidades ambientales, las normativas, el abandono de actividades rurales, etc.
La creación del Grupo de Campo Grande surge en el año 2016 por el impulso de la Fundación Entretantos, como parte de una iniciativa social de mediación que trata de abordar el conflicto existente alrededor de la coexistencia del lobo y la ganadería extensiva mediante el uso de esta herramienta empleada de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 31 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso Valencia. Sección 1, Ponente: Carlos Altarriba Cano)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 4206/2019 – ECLI: ES:TSJCV:2019: 4206
Temas Clave: Urbanismo; Plan especial de reforma interior; Plan general de ordenación urbana; Plan parcial
Resumen:
Se interpone recurso de apelación nº 339/17 en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de una urbanización, contra la Sentencia nº 150/17, de 20 de mayo, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 219/15, tramitado por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Valencia, sobre inactividad en la prestación de servicios municipales obligatorios por parte del Ayuntamiento de Sagunto.
Las pretensiones son las siguientes.
1.- “Se declare y reconozca como situación jurídica individualizada el derecho de todos y cada uno de los vecinos y propietarios de la urbanización a recibir del ayuntamiento de Sagunto la prestación de todos aquellos servicios obligatorios mínimos que establece la ley” y se condene, consiguientemente, al ayuntamiento de Sagunto, a “prestar de forma inmediata los servicios obligatorios mencionados, así como cualquier otro que de forma voluntaria se
Decreto n.º 250/2019, de 26 de septiembre, por el que se regula la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano procedentes de explotaciones ganaderas en zonas de protección de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BORM número 231 de 5 de octubre de 2019
Temas Clave: Biodiversidad; Fauna necrófaga; Explotaciones ganaderas; Comunidad autónoma; Red Natura 2000; Zonas de protección; Muladar
Resumen:
Tanto el Reglamento (CE) 1069/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1774/2002, considera que debe ser el órgano competente el que podrá autorizar la alimentación de los animales salvajes con subproductos animales no destinados a consumo humano de categoría 2 y 3.
De la misma manera, el mencionado Reglamento establece que ese mismo órgano podrá autorizar el uso de determinados materiales denominados categoría 1, en concreto los cuerpos enteros o partes de animales muertos que contengan
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 4 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso Murcia. Sección 2, Ponente: Ascensión Martín Sánchez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 1643/2019 – ECLI: ES:TSJMU:2019:1643
Temas Clave: Aguas; Confederación Hidrográfica; Plan Hidrológico; Comunidad de regantes; Aprovechamientos hídricos; Concesión administrativa; Trasvase; Riegos; Caudal ecológico
Resumen:
La parte actora, la Comunidad de Regantes del Segura, interpone recurso contencioso administrativo, frente a la resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Segura de 1 de diciembre de 2017, por la que se deniega a la actora, el suministro con carácter permanente, del volumen concesional del aprovechamiento de riego tradicional inscrito en el Registro de Aguas, Sección Num000, Tomo Num001, hoja Num002, a través de la infraestructura del Trasvase Tajo -Segura. Resolución dictada en ejecución de sentencia firme del mismo juzgado y Sección nº 439/13 de fecha 31-05-2013, recaída en el PO 492/08. Se hace constar por la CHS, en la resolución impugnada que el Aprovechamiento 6545, está a nombre de la CR Direccion000. Y que “La Comunidad de Regantes de Direccion000 es titular de un aprovechamiento del Rio
Galicia regula el mecanismo para solicitar arrendamientos de fincas rústicas asociadas al Banco de Tierras
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG Núm. 183, 26 de septiembre de 2019
Temas Clave: Banco de tierras; Predio; Desarrollo rural; Explotaciones agroganaderas; Arrendamiento; Superficie agraria infrautilizada; Custodia del territorio; Custodia agraria; Participación
Resumen:
La Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) tiene atribuidas las funciones gestoras del Banco de Tierras de Galicia en base a la disposición transitoria segunda de la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras.
El objetivo del Banco de Tierras de Galicia, en funcionamiento desde el año 2007, trata de poner a disposición de las explotaciones agroganaderas la superficie agraria denominada “infrautilizada”. Según dicha Orden, se pretende alcanzar una doble finalidad, por un lado se amplía la base territorial de las explotaciones y, por otro lado, se lucha contra el avance del abandono del territorio rural gallego. Para conseguir este objetivo, el Banco de Tierras cuenta en la actualidad con más de 10.000 parcelas, que suponen más de 5.000 hectáreas y que son ofertadas para que todas aquellas personas que así lo deseen puedan solicitar
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