Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 17 de julio de 2020. (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: María Consuelo Uris Lloret)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 1599/2020 – ECLI: ES:TSJMU:2020:1599
Palabras clave: Roturación. Sanciones. Suelo forestal. Caducidad. Licencia.
Resumen:
En esta sentencia, la Dirección General del Medio Natural inició expediente sancionador contra la mercantil recurrente por la roturación de 84.000 m2, aproximadamente, de un espartizal en monte particular, sin la debida autorización, con la finalidad de hacer cambio de cultivo con siembra de cereales.
En el escrito de inicio del procedimiento, se consideraron que los hechos eran constitutivos de la infracción grave prevista en el artículo 67 a) de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, pudiendo ser sancionada con multa de 1.001 a 100.000 €.
Uno de los elementos de prueba consistía en informe del Servicio de Planificación, Áreas Protegidas y Defensa del Medio Natural, según el cual mediante el análisis de las ortofotografías históricas,