Orden de 3 de marzo de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se actualiza el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre y Marina, en lo relativo a varias especies de fauna
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco número 54, de fecha 16 de marzo de 2022
Palabras clave: Fauna y flora. Catálogo. Especies amenazadas.
Resumen:
El Decreto 167/1996, de 9 de julio, regula el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina, herramienta por la cual se establece como proceder para llevar a cabo la inclusión o exclusión de una especie, subespecie o población en el Catálogo. También establece las normas para la elaboración y aprobación de los planes de gestión.
En su disposición final primera enumera las especies o poblaciones de vertebrados, correspondiendo al Consejero en cargo su modificación mediante Orden. Siguiendo este procedimiento se somete a información pública la propuesta de actualización del Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina, concretamente a
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia de fecha de 2 de diciembre de 2021 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 1ª. Ponente: María Consuelo Uris Lloret)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 2195/2021 – ECLI:ES:TSJMU: 2021:2195
Palabras Clave: Monte. Roturación. Red Natura 2000. Agricultura. Espacio protegido. Secano. Forestal. Fauna. Flora. Autorización.
Resumen:
La actora, una empresa agrícola, solicitó como arrendataria de una parcela en producción agrícola en Lorca (Murcia), la limpieza de terreno de otra parcela abandonada con el fin de plantar almendros.
El Servicio Regional de Defensa del Medio Natural emitió informe por el cual el terreno del recinto denominado como 3, tenía consideración de forestal, colindante con un espacio protegido por la Red Natura 2000, elaborando informe desfavorable a las pretensiones de la solicitud. Respecto al recinto 4 se trata de terrenos enclavados en zonas agrícolas de cultivo intensivo, por lo que se informa que no existe inconveniente en llevar a cabo la actuación solicitada. Sin embargo, antes de realizar la solicitud ya había roturado la zona, lo que conllevó la respectiva denuncia
Decreto-Ley 1/2022, de 2 de marzo, de medidas urgentes de mejora de la calidad en la contratación pública para la reactivación económica
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de Extremadura número 45, de fecha 7 de marzo de 2022
Palabras clave: Pandemia. Simplificación administrativa.
Resumen:
En un marco de crisis pandémica y ecológica, se aprueba este Decreto sobre medidas de tipo urgente con el que se pretende promover e impulsar la actividad económica. En concreto, a lo que afecta a las cuestiones más de tipo ambiental, el decreto-ley se estructura en nueve artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y cinco disposiciones finales.
En el primero de sus artículos establece los objetivos del Decreto que no es otro que mejorar la calidad de vida y la eficiencia de la contratación pública en sectores estratégicos.
En los artículos tres y cuatro, se incluyen disposiciones relativas a la ponderación del precio en relación con el resto de aspectos a contemplar en los contratos de obras y servicios.
Con este tipo de contratos, se quiere apostar más sobre el valor de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia de fecha de 2 de diciembre de 2021 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 1ª. Ponente: María Esperanza Sánchez de la Vega)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 2184/2021 – ECLI:ES: TSJMU: 2021:2184
Temas Clave: Evaluación Impacto Ambiental. Evaluación Impacto Ambiental Ordinaria. Nulidad. Autorización administrativa. Urbanismo.
Resumen:
Interviene como parte actora el Excmo. Ayuntamiento de Santomera (Murcia), y como demandadas, tanto la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y Redes Eléctricas Inteligentes S.AU. El objeto de discusión es la necesaria evaluación de impacto ambiental del proyecto de ejecución de instalación eléctrica de alta tensión de distribución “línea Área/subterránea M.T. 20 KV d/c de alimentación Norte a Beniel 1ª Fase”.
Solicita la nulidad de la autorización por infracción de diversos artículos de la normativa que regula estas actuaciones, y que en la propia resolución de la autorización del proyecto no consta ni su evaluación ambiental ni su comunicación al Ayuntamiento. Añade que tampoco consta que dicho proyecto haya sido excluido del requisito de estar sometido a dicha evaluación por
Orden 2/2022, de 16 de febrero, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se actualizan los listados valencianos de especies protegidas de flora y fauna
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad Valenciana número 9285, de fecha 24 de febrero de 2022.
Palabras Clave: Listados. Fauna y flora. Especies protegidas.
Resumen:
El objeto de esta norma es la actualización de los listados de especies protegidas en la Comunidad Valenciana. En el ámbito estatal, la Ley 42/2007, del patrimonio natural y la biodiversidad, regula en su artículo 53 el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE), y en el artículo 54, el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA). Esta ley es el marco de referencia, pero deberán ser las comunidades autónomas las que a que establezcan sus propios catálogos. En cualquier caso, no puede variar el grado de protección de unos respecto a otros.
Debido a la necesaria actualización de los listados de especies protegidas establecida por la Orden 6/2013, de 25 de marzo, de los programas y
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