Ley 5/2019, de 28 de febrero, de la Generalitat, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8500, de 6 de marzo de 2019
Temas Clave: agricultura; modernización explotación agraria; política agraria; derecho agrario, concentración parcelaria; bancos de tierras; ordenación de la propiedad rústica; tierra agrícola; tierra abandonada; utilización de las tierras; asignación de tierras
Resumen:
Destacan algunas novedades en la presente ley:
a) Se crea la figura del agente dinamizador, como persona que impulsará técnicamente la gestión sostenible del territorio, para facilitar los procesos de reestructuración, iniciativas de gestión en común y la Red de Tierras.
b) Se define el mapa agronómico, que constituirá una herramienta de información para las políticas agrarias de la Generalitat y, en general, para la gestión del suelo agrario de todos los agentes del sector.
c) Con el fin de obtener la “foto” real de las parcelas abandonadas se define el suelo agrícola infrautilizado, y se proponen alternativas realistas y viables como la cesión incentivada a terceros o a la Red de Tierras.
–En casos extremos de abandono total, se abre la posibilidad de declaración
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, de 8 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso. Sección 1. Ponente: Indalecio Cassinello Gómez Pardo)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 396/2019 – ECLI: ES:TSJMU:2019:396
Temas Clave: Instrumentos de planificación; planeamiento urbanístico; plan parcial; confederación hidrográfica; planificación hidrológica; recursos hídricos; ayuntamiento; clasificación de suelos; ciudad compacta; construcción; paisaje; tercer sector social; asociación no gubernamental
Resumen:
Se interpone por la Asociación para la Conservación de la Huerta de Murcia recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, de fecha 31/10/2013, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto por la demandante frente a la Aprobación Definitiva del Plan Parcial del Sector ZM-Ac 1 “Desarrollo residencial en los dos grandes intersticios del casco de Aljucer”, adoptada por Acuerdo de Pleno de 29 de julio de 2010.
La pretensión de la demandante es que por la Sala se dicte Sentencia por la que se estime su demanda y se declare la nulidad y/ o anulabilidad de la aprobación Definitiva del Plan General de Ordenación Urbana del Municipio de Murcia y
Se regula la reserva marina de interés pesquero de la Isla de Tabarca, y se definen su delimitación y usos permitidos
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental. Cieda-Ciemat
Fuente: Orden APA/102/2019, de 23 de enero, BOE núm. 33, jueves 7 de febrero de 2019
Temas Clave: Reserva marina de interés pesquero; medio marino, especies pesqueras; censo específico de pesca profesional; custodia marina
Resumen:
El nuevo paradigma de la gestión del medio marino y la conservación de sus recursos hace necesario desarrollar medidas de protección y regeneración de los mismos a largo plazo.
Se entiende por legislación sectorial la normativa que tiene como objeto regular determinadas cuestiones o ámbitos de la sociedad pero que indirectamente alcanza a regular otros sectores cercanos al objeto planteado. En este sentido, la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado tiene también una importante vocación conservacionista como a continuación se explicará. Se trata de una normativa orientada a regular la actividad industrial de la pesca, pero dedica el capítulo III del título I a las medidas de protección y regeneración de los recursos pesqueros mediante el establecimiento de zonas de protección pesquera,
Decreto 10/2019, de 17 de enero, por el que se crea y se regula el Comité de Coordinación de la Red de Reservas de la Biosfera de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOG núm. 35, de 19 de febrero de 2019
Temas Clave: Reservas Biosfera; Comité de Coordinación; biodiversidad; dinamización económico-social
Resumen:
A través de este Real Decreto, se constituye el Comité de Coordinación seis reservas de la biosfera declaradas por la Unesco en tierras gallegas: Terras do Miño, Área de Allariz, Os Ancares Lucenses y Montes de Navia, Cervantes y Becerreá, Río Eo, Oscos y Terras de Burón, transfronteriza Gêres-Xurés, Mariñas Coruñesas y Terras do Mandeo. Llegando a alcanzar las 777.834,3 hectáreas.
Ciertamente, los parámetros de gestión de estos lugares no solamente son los de tipo conservacionista y ambientalista, sino también los económico-sociales, al poder configurarse como un instrumento idóneo para contribuir a la dinamización del rural gallego y para luchar contra su abandono.
Se estructura en tres capítulos y contiene 12 artículos, una disposición adicional y una disposición final. El capítulo I, que engloba los artículos 1 y 2, recoge el objeto de esta
Decreto 177/2018, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan rector de uso y gestión del Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia. Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Galicia núm. 34, de 18 de febrero de 2018
Temas Clave: Biodiversidad; Espacios naturales; Islas Atlánticas de Galicia
Resumen:
Se ha aprobado en Galicia el Decreto 177/2018, de 27 de diciembre por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Nacional Maritimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.
El Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia, compuesto por cuatro archipiélagos (Cíes, Ons, Sálvora y Cortegada) y las aguas marinas que rodean a estos territorios, se localiza en el ámbito de la costa atlántica del Noroeste de la Península Ibérica, entre la Punta Falcoeiro de la provincia de A Coruña y la Punta Meda de la de Pontevedra, conformando así un hermoso paisaje desde la Ría de Arousa hasta la de Pontevedra.
El conjunto del Parque Nacional Marítimo-Terrestre
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