Acuerdo de 3 de mayo de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Estrategia Andaluza de Sostenibilidad Urbana (BOJA núm. 87, de 19 de mayo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Desarrollo sostenible; Sostenibilidad urbana
Resumen:
Con el objetivo de aunar las diversas acciones en relación a los criterios, limitaciones y oportunidades de la sostenibilidad que en los últimos años se han estado desarrollando en la Comunidad andaluza, la presente Estrategia Andaluza de Sostenibilidad Urbana se elabora con la meta esencial de contribuir a desarrollar los principios de gobernanza (cooperación, participación y cultura de la evaluación), cohesión territorial y subsidiariedad, en los términos a los que obliga una política dirigida hacia la sostenibilidad en los sistemas urbanos y metropolitanos.
Una vez dispuestos en los apartados 2 y 3 de la Estrategia los antecedentes y los objetivos generales de ésta, las acciones que de este documento emanan se dividen en una serie de ámbitos, para cada uno de los cuales se enuncian y desarrollan unos objetivos estratégicos y unas líneas de actuación.
El primer ámbito es el relativo
Decreto 39/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la incorporación de organizaciones al sistema europeo de gestión y auditoría medioambientales en el Principado de Asturias (BOPA núm. 115, de 20 de mayo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Reglamento comunitario de ecogestión y ecoaditoría (EMAS); Gestión ambiental;
Resumen:
El presente Decreto, que será de aplicación a cualquier organización que realice su actividad en el ámbito territorial del Principado de Asturias, siempre y cuando se proponga mejorar su comportamiento medioambiental global mediante su adhesión al sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales del Reglamento EMAS, tiene como objetivo facilitar la aplicación en el territorio asturiano del citado Reglamento.
A tal fin, el objetivo principal del Decreto es la creación del Registro EMAS en esta Comunidad, además de designar el organismo competente que en el territorio asturiano efectuará las funciones a las que se refiere el reglamento, y de establecer su procedimiento de aplicación en este territorio.
Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 86 de 6 de mayo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Evaluación ambiental; Evaluación de impacto ambiental; Evaluación ambiental estratégica
Resumen:
El presente reglamento tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico establecido en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura en lo que se refiere a la evaluación ambiental de planes y programas y a la evaluación de impacto ambiental de proyectos (públicos o privados), con el objetivo de conocer, prevenir, valorar y eliminar o reducir los gastos negativos que éstos pueden ocasionar sobre el medio ambiente.
El reglamento se compone de tres títulos. El primero de ellos desarrolla las disposiciones de carácter general tales como el objeto de la disposición y su ámbito de aplicación (artículos 1 y 2), las definiciones necesarias para su comprensión y correcta aplicación (artículo 3), y la determinación de las administraciones competentes para ejecutar los distintos procedimientos de evaluación ambiental
Decreto 34/2011, de 26/04/2011, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. (DOCM núm. 82, de 29 de abril)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Urbanismo; Disciplina urbanística; Licencias urbanísticas; Inspección urbanística; Ruina urbanística; Ejecución urbanística
Resumen:
El presente Decreto desarrolla los preceptos del Título V, Capítulo V, Sección 2ª y del Título VII del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, estableciendo una regulación detallada de los instrumentos de control de la legalidad de la actividad urbanística en Castilla-La Mancha, así como las medidas precisas para la restauración del orden urbanístico infringido, y en su caso, de la realidad física alterada.
Una vez fijado en el Título Preliminar y en el Título II el objeto, ámbito de aplicación, distribución competencial y principios generales aplicables al ejercicio de las funciones de garantía y protección de la ordenación territorial y urbanística, el Título II regula los instrumentos jurídicos destinados a la intervención preventiva en la edificación y el
Decreto 29/2011, de 19/04/2011, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad de Ejecución del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. (DOCM núm. 82, de 29 de abril)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Urbanismo; Ejecución urbanística; Gestión urbanística
Resumen:
El presente Reglamento desarrolla pormenorizadamente las técnicas e instrumentos procedimentales que conforman el proceso constituyente de la actividad de ejecución urbanística, sobre la base de los preceptos establecidos en la vigente legislación urbanística de la comunidad de Castilla-La Mancha.
El Decreto se estructura en nueve Títulos y 207 artículos atinentes a todos los requerimientos que la Ley establece con la finalidad de llevar a cabo tanto la gestión, como la ejecución de las previsiones del planeamiento.
El Título I, bajo la rúbrica de «Disposiciones generales», contempla el contenido y desarrollo de la actividad de ejecución (Capítulo I), así como los presupuestos de la ejecución del planeamiento y la regulación de los distintos aspectos que afectan a los sujetos públicos o privados que pueden desarrollar y participar en ésta (Capítulo
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