Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, nº 1725/2010, de 29 de julio de 2010. Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda. Sede de Valladolid. Ponente: Ramón Sastre Legido.
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación CIEDA-Ciemat.
Fuente: Id. Cendoj: 47186330022010100547
Temas Clave: Calidad ambiental; Derecho administrativo sancionador; legitimación activa.
Resumen:
Se trata de la resolución del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de 27 de octubre de 2008, dictada por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Zamora. Una sentencia en la que se estimó que la Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de Castilla y León no era conforme a Derecho y, por tanto, dicha Resolución fue declarada nula. Una declaración de nulidad fundamentada en la falta de legitimación activa. Una Resolución que conllevaba la imposición de una sanción por el importe de tres mil euros, en concepto de multa, y la suspensión de la actividad en el plazo de seis meses, en base a la infracción cometida vulneradora de las disposiciones contenidas en la Ley castellano
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, 635/2010, de 29 de julio de 2010. Sala de lo Contencioso, Sección Primera. Sede Cáceres. Ponente: D. José María Segura Grau.
Autor de la Nota: Ana María Barrena Medina, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: Id. Cendoj: 10037330012010100925.
Temas clave: Aguas; Aprovechamiento de aguas; Expediente sancionador.
Resumen:
En este pronunciamiento judicial se examina el recurso interpuesto contra la Resolución dictada por la Confederación Hidrográfica del Guadiana en expediente sancionador, por la que se impone al recurrente una multa de tres mil euros y se ordena la clausura de un pozo como consecuencia de la comisión de la infracción de apertura de un pozo careciendo de la previa concesión o autorización. Un recurso que es admitido por el Tribunal y que además es estimado parcialmente reduciendo la cuantía de la sanción impuesta a 240,40 euros; pero manteniendo expresamente la obligación de clausurar el pozo referido en el expediente administrativo. Un recurso que se fundamenta en la vulneración del principio de
Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía. (BOJA núm. 155, de 9 de agosto de 2010).
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Ana María Barrena Medina, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Temas Clave: Aguas; Comunidad Autónoma de Andalucía.
Resumen:
Dado que el cuidado del medio ambiente implica la utilización racional de los recursos naturales y, por ende, del agua; y dicho cuidado se encuentra principalmente encomendado a los poderes públicos, el Parlamento andaluz procede a la aprobación de la nueva Ley de Aguas para Andalucía. Una ley que establece unos principios y objetivos medioambientales a fin de apartarse y superar aquellas políticas basadas en el mero tratamiento del agua como recurso exclusivamente económico. Así, a partir de la entrada en vigor de esta norma cualquier desarrollo económico y social no puede basarse en el agotamiento del recurso hídrico, sino que, al contrario, solo la conservación y mejora del agua y del ecosistema acuático es garantía de que se podrá cimentar un sólido y sostenible desarrollo.
En fin, dos son los principales objetivos de esta ley. El primero consiste en
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, núm 448/2010 de 18 de junio de 2010. Sala de lo Contencioso. Sede de Burgos. Sección Primera. Ponente Doña Mª Begoña González García.
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat
Id. Cendoj: 09059330012010100366
Temas clave: Autorización ambiental; Declaración de Impacto Ambiental; Legitimación ambiental.
Resumen:
Ante las resoluciones dictadas por la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de 11 de diciembre y 22 de noviembre del año 2007, por las que se hace pública la autorización ambiental y la declaración de impacto ambiental sobre un proyecto de instalación de tratamiento y revestimiento de piezas metálicas por galvanizado en caliente en el término municipal de Miranda de Ebro, son interpuestos dos recursos, uno por parte de D. Carlos Ramón y otro por la Entidad Mercantil Rejillas Caba, S.L,. Recursos que pasan a ser acumulados al contener el mismo petitum y semejantes pretensiones; solicitud de que dichas resoluciones sean declaradas nulas de pleno derecho. Sin embargo, el Tribunal no encuentra falta de legitimación ambiental, para poder recurrir dichas resoluciones.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, núm 00518/2010, de 22 de junio de 2010. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sede de Cáceres. Sección primera. Ponente Don Reaimundo Prado Bernabeu
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat
Fuente: Id. Cendoj: 10037330012010100736.
Temas Clave: Aguas; Acuífero sobreexplotado; Procedimiento sancionador
Resumen:
Examinamos la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de Extremadura, ante el recurso interpuesto por la particular a quién se le condenó por procedimiento sancionador al pago de una cantidad dineraria. Una Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de fecha de 29 de septiembre de 2008, impuesta a causa de un exceso de uso de caudal de agua en un pozo sito en una zona que se halla dentro de un acuífero declarado sobreexplotado. Una resolución que será declarada nula en esta sentencia por el Tribunal extremeño, en base a que se considera vulnerado el principio de presunción de inocencia.
Destacamos los siguientes extractos:
“Los hechos imputados se determinan en las actuaciones contenidas en el expediente y en concreto, el riego mediante la detracción de agua de un
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