Decreto 223/2011, de 17 de noviembre, por el que se desarrollan las normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas extensivas y se crea el Registro de Explotaciones Porcinas Extensivas en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 234, de 9 de diciembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Ganadería; Bienestar animal; Sanidad animal; Registro explotaciones porcinas extensivas
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto, al amparo del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, la creación del Registro Gallego de Explotaciones Porcinas, así como el desarrollo del Real Decreto1221/2009, de 21 de julio, en el que se establecen las normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, en aquellos aspectos abiertos a su regulación para las comunidades autónomas.
El Capítulo II es el encargado de crear el Registro Gallego de Explotaciones Porcinas Extensivas (integrado a su vez en el Registro General de Explotaciones Ganaderas), así como todos los aspectos relativos a la inscripción en el mismo. Destacar, que la inscripción se podrá llevar a cabo por el titular de la explotación o su representante, tanto de manera
Sentencia 790/2011, de 24 de octubre, del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (Sala de lo Contencioso. Sección 1ª. Sede de Palma de Mallorca. Ponente Dña. Alicia Esther Ortuño Rodríguez)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Fuente: ROJ: STSJ BAL 1220/2011
Temas Clave: Red Natura
Resumen:
Se señala como objeto del recurso la desestimación presunta de la solicitud efectuada por la entidad denominada “Grup Balear d´ornitologia i defensa de la naturalesa” el 30 de abril de 2009 ante la Consellería de Medi Ambient de Baleares, en la cual, y en relación con el informe elaborado por agentes de medio ambiente en el que se señalaba la presencia en la zona de Son Bosc, sobre el que se proyecta la construcción de un emplazamiento socio-deportivo (concretamente un campo de golf), de hábitats naturales de importancia comunitaria y de protección prioritaria, se interesa (dicha entidad actuante) por la remisión de una copia del citado informe, la verificación y, en su caso, la cartografía de la presencia de estos hábitats naturales y la adopción de medidas para garantizar la conservación de dichos hábitats, en especial los
Reglamento (UE) Nª 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2011, por el que se establece el Programa de apoyo para la consolidación de la política marítima común (DOUE L 321/1, de 5 de diciembre de 2011)
Temas Clave: Política Marítima
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Resumen:
Con este Reglamento se establece un Programa de apoyo a medidas destinadas a impulsar la consolidación y la aplicación de la política marítima integrada de la Unión («el Programa»). Programa que apoyará el uso sostenible de mares y océanos, así como la ampliación de conocimiento científico. Por su parte, la política marítima integrada de la Unión («la PMI») fomentará la toma de decisiones coordinada y coherente a fin de lograr el máximo de desarrollo sostenible, crecimiento económico y cohesión social en los Estados miembros, en particular en lo que respecta a las regiones costeras, insulares y ultraperiféricas de la Unión, al igual que en los sectores marítimos, por medio de políticas en materia marítima coherentes y de la cooperación internacional pertinente. Todo ello sobre la base de que el objetivo principal de la
DECRETO 65/2011, de 23 de noviembre, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre. (Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 227, de 24 de noviembre de 2011)
Temas Clave: Fauna, Especies Cinegéticas; Protección de especies cinegéticas; Caza
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Resumen:
Mediante este Decreto se procede al desarrollo reglamentario de los Títulos I, II, V, VII y VIII de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, con el fin de dictar normas para la protección de las especies cinegéticas, fomentar la conservación de las poblaciones de dichas especies, así como plasmar jurídicamente los principios de protección genérica recogidos en la Directiva de Aves y en el Convenio de Bonn. Finalidad ésta que se recoge, junto a una serie de definiciones entre las que destaca la de especie cinegética y especie cazable, en el Título Preliminar. A continuación, en el Título I bajo el rótulo “Medios, modalidades, limitaciones y seguridad en el ejercicio de la caza”, determina los medios
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia 866/2011, de 29 de septiembre (Sala de lo Contencioso. Sede Coruña, Sección 2ª. Ponente: D. José María Arroyo Martínez)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: ROJ: STSJ GAL 7489/2011
Temas Clave: Aguas Residuales; E.D.A.R
Resumen:
Con la presente Sentencia se resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto por la asociación “Salvemos Pontevedra”, ante la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia en diciembre de 2007 frente a la desestimación por silencio administrativo de que la Administración tomase y llevase a cabo medidas respecto a la Estación Depuradora de Aguas Residuales (en adelante E.D.A.R) de Vigo; asociación que solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto. Ante ello, la Sala procede al examen de los escritos de demanda y conclusiones; examen que le lleva a declarar que la desestimación el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación siguiendo para ello los mismos fundamentos de Derecho que la misma Sala señalase en Sentencia de treinta de septiembre de 2010; en aquella ocasión la
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