Murcia aprueba la Orden por la que se establece un periodo de veda temporal para el ejercicio de la pesca de palangre y cerco en aguas interiores de la Región de Murcia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia número 296 de 24 de diciembre de 2021.
Palabras clave: Aguas interiores. Pesca. Artes de pesca.
Resumen:
El Reglamento (CE) 1.967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo, marca como objetivo principal establecer un marco de gestión eficaz para la protección estricta de determinadas especies marinas, así como la conservación de los hábitats naturales y la fauna y flora silvestres. El Reglamento (UE) 1022/2019 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de Junio de 2019 por el que se establece un plan plurianual para la pesca demersal en el Mediterráneo occidental y por el que se modifica el Reglamento (UE) 508/2014 en línea con el