II Congreso Internacional de Tarragona sobre Derecho Ambiental: ‘Longing for Justice in a Climate-Changed World: From Theory to Practice’. Mayo 2017
Autora: Blanca Muyo Redondo, Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Universidad; Derecho Ambiental
Resumen:
Tarragona acogerá nuevamente la segunda edición del Congreso Internacional de Tarragona sobre Derecho Ambiental, organizado por el Centro de Estudios en Derecho Ambiental de Tarragona (CEDAT), de la Universidad Rovira i Virgili (URV) y la Associació de Alumnes i Ex alumnes de Dret Ambiental de Tarragona (AAEDAT). El nombre oficial del congreso es “2nd Tarragona International Environmental Law Colloquium (TIEC) – Longing for Justice in a Climate-Changed World: From Theory to Practice” y se desarrollará en inglés durante los días el 18 y 19 de mayo de 2017.
Este evento reunirá a estudiantes y académicos de diferentes nacionalidades para abordar cuestiones relativas a la evolución desarrollada en la materia jurídico ambiental, como son el cambio climático, biodiversidad o el desarrollo sostenible.
El Comité Organizador está formado por: Dr. Antoni Pigrau, Stephanie V. Ascencio Serrato, Jerônimo Basilio, Juan Pablo Bellene Arena, Magdalena Bernal, Beatriz Felipe Pérez, Antoni Gifreu Font, Daniel Iglesias Márquez, Màriam
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de noviembre de 2016, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Andalucía
Extracto de la Orden de 3 de noviembre de 2016, por la que se convocan para el año 2016 las ayudas previstas en la Orden de 27 de junio de 2016, dirigidas a inversiones para el restablecimiento de terrenos agrícolas y potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos climáticos adversos y catástrofes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 5.2). (BOJA núm. 217, de 11 de noviembre de 2016)
Fuente: http://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/217/BOJA16-217-00002-19625-01_00101924.pdf
Plazo: Vendrá determinado por la línea de ayuda según los términos establecidos en el apartado sexto.
Orden de 14 de noviembre de 2016, por la que se establecen las
Establecimiento de la Reserva Marina del Freu de sa Dragonera y regulación de las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 62/2016, de 7 de octubre (BOIB núm. 128, de 8 de octubre de 2016)
Temas Clave: Reserva marina; Biodiversidad; Especies y ecosistemas marinos; Pesca, Paisaje
Resumen:
Las reservas marinas son áreas marinas donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines y fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación o proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas.
En el área marina del Freu de sa Dragonera, que presenta un considerable valor ecológico y pesquero, se puede encontrar una alta diversidad de hábitats y comunidades en un área relativamente reducida. Los paisajes submarinos de Sa Dragonera son una exposición de los que se pueden ver en el litoral de Mallorca, donde destacan las praderas de posidonia oceánica, muy extendidas hacia el sur, las cuales actúan como zonas de gran producción biológica y de repoblación de alevines de especies de interés pesquero.
Se aprueba una modificación de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana, relativa a las zonas húmedas
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOCV núm. 7888, de 5 de octubre de 2016
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Humedales
Resumen:
A través de la Ley 7/2016, de 30 de septiembre, se ha reformado el artículo 15.1 de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos.
A través de la modificación de este artículo, se ha suprimido la necesidad de que, para que un espacio sea considerado como zona húmeda, deba estar “debidamente catalogado”.
De esta manera, se consigue que todas las zonas húmedas, con independencia de su catalogación, se sometan al régimen de protección previsto en el apartado 2º de este artículo 15, en cuya virtud «deberán ser preservadas de actividades susceptibles de provocar su recesión y degradación, a cuyo fin los terrenos incluidos en las mismas serán clasificados, en todo caso, como suelo no urbanizable sujeto a especial protección […]», y en cumplimiento de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de la
El Tribunal Constitucional levanta la suspensión cautelar sobre algunos artículos de la Ley del País Vasco de medidas de protección medioambiental para la extracción de hidrocarburos no convencionales y la fractura hidráulica
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: EUROPA PRESS
Temas Clave: Fractura hidráulica; País Vasco; Suspensión cautelar; Tribunal Constitucional
Resumen:
El TC levanta la suspensión que pesaba sobre 4 artículos de esta ley autonómica, en concreto, a los artículos 2 (sobre los hidratos de metano enterrados en el mar), 3, 5 y 6 (el inciso sobre la “reposición de la situación alterada a su estado originario”) y las disposiciones transitorias Primera y Segunda de la citada norma, ya que considera que no existe perjuicio «de imposible o difícil reparación» que justifique la suspensión cautelar de la norma. Esta Ley fue recurrida por el Presidente de Gobierno y estará vigente hasta que el Tribunal se pronuncie sobre su constitucionalidad.
Recordemos que la norma fue el resultado final de una iniciativa legislativa popular impulsada en el País Vasco que logró recoger más de 100.000 firmas. A través de su contenido se establecen medidas adicionales de
|