\"siguen entendiendo\" que aquellas quejas de marcado car\u00e1cter ambiental \"quedan fuera\" de su competencia y \"deben ser atendidas\" por los \u00f3rganos \"competentes en la evaluaci\u00f3n de impacto ambiental y autorizaci\u00f3n ambiental integrada\".<\/p>\n

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\"Pero todas las administraciones son igualmente responsables de hacer cumplir y se encuentran vinculadas por la normativa medioambiental\", puntualiza.<\/p>\n

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Por otro lado, indica que se han detectado casos en los que \"se llega incluso a obstaculizar el ejercicio de los derechos ciudadanos\". Concretamente, apunta que en numerosas ocasiones se solicita la utilizaci\u00f3n innecesaria de tr\u00e1mites que dilatan \"deliberadamente\" los procedimientos.<\/p>\n

\"En estos supuestos esta instituci\u00f3n viene rechazando el argumento de escrupulosidad planteado por algunas administraciones para justificar la utilizaci\u00f3n de tr\u00e1mites innecesarios, como informes no preceptivos que pueden afectar a la resoluci\u00f3n final, o evacuados sin la celeridad debida, que finalmente s\u00f3lo sirven para perjudicar el derecho del ciudadano\", comenta el informe 2008.<\/p>\n

En otros casos, explica que la Administraci\u00f3n opta por una \"especie de inoperancia activa\", consistente en la adopci\u00f3n de una serie de actos, incluidas inspecciones 'in situ', que a su juicio, no conducen a decisiones y que por el mero transcurso del tiempo \"caducan o devienen in\u00fatiles\".<\/p>\n

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Igualmente, destaca que en 2008 vuelven a destacar las investigaciones en materia de evaluaci\u00f3n ambiental y los problemas de contaminaci\u00f3n ac\u00fastica, as\u00ed como asuntos ligados a la protecci\u00f3n de espacios naturales cuyo contenido engarza en ocasiones con los proyectos de desarrollo urban\u00edstico.<\/p>\n

En materia de contaminaci\u00f3n ac\u00fastica, resalta los problemas generados por: las obras p\u00fablicas, las infraestructuras del transporte, la limpieza viaria y la actividad de carga y descarga de mercanc\u00edas en la v\u00eda p\u00fablica, la celebraci\u00f3n de fiestas populares y \"el botell\u00f3n\".\"<\/p>","post_title":"Actualidad. Informe anual del Defensor del Pueblo","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"actualidad-informe-anual-del-defensor-del-pueblo","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2009-05-26 07:51:54","post_modified_gmt":"2009-05-26 07:51:54","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/actualidadjuridicaambiental.wordpress.com\/?p=1491","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->

26 May 2009

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Actualidad. Informe anual del Defensor del Pueblo

Fuente: EP, 25 de mayo

“El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, denuncia en su Informe Anual 2008 la “incompleta” definición del concepto de ‘desarrollo sostenible’ en la actuación de la Administración, así como la disparidad existente entre la “creciente” preocupación ciudadana hacia los problemas ambientales y la “tranquilidad o lentitud” con la que algunas administraciones afrontan sus deberes de protección.

“También puede observarse en una práctica de protección administrativa insuficiente y el discurso teórico que acompaña a todas las decisiones que afectan e impactan sobre el territorio, basado en una definición incompleta del concepto de desarrollo sostenible”, recoge el texto, al que tuvo acceso Europa Press.

(…)

A modo de ejemplo, señala que los órganos de supervisión de la actividad energética, de minas, de industria, de infraestructuras, y también los ayuntamientos, “siguen entendiendo” que aquellas quejas de marcado carácter ambiental “quedan fuera” de su competencia y “deben ser atendidas” por los órganos “competentes en la evaluación de impacto ambiental y autorización ambiental integrada”.

(…)

“Pero todas las administraciones son igualmente responsables de hacer cumplir y se encuentran vinculadas por la normativa medioambiental”, puntualiza.

(…)

Por otro lado, indica que se han detectado casos en los que “se llega incluso a obstaculizar el ejercicio de los derechos ciudadanos”. Concretamente, apunta que en numerosas ocasiones se solicita la utilización innecesaria de trámites que dilatan “deliberadamente” los procedimientos.

“En estos supuestos esta institución viene rechazando el argumento de escrupulosidad planteado por algunas administraciones para justificar la utilización de trámites innecesarios, como informes no preceptivos que pueden afectar a la resolución final, o evacuados sin la celeridad debida, que finalmente sólo sirven para perjudicar el derecho del ciudadano”, comenta el informe 2008.

En otros casos, explica que la Administración opta por una “especie de inoperancia activa”, consistente en la adopción de una serie de actos, incluidas inspecciones ‘in situ’, que a su juicio, no conducen a decisiones y que por el mero transcurso del tiempo “caducan o devienen inútiles”.

(…)

Igualmente, destaca que en 2008 vuelven a destacar las investigaciones en materia de evaluación ambiental y los problemas de contaminación acústica, así como asuntos ligados a la protección de espacios naturales cuyo contenido engarza en ocasiones con los proyectos de desarrollo urbanístico.

En materia de contaminación acústica, resalta los problemas generados por: las obras públicas, las infraestructuras del transporte, la limpieza viaria y la actividad de carga y descarga de mercancías en la vía pública, la celebración de fiestas populares y “el botellón”.”