Murcia regula la pesca marítima profesional en el ámbito de la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso. (Orden de 15 de junio de 2021).
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BORM número 144, de fecha 25 de junio de 2021
Palabras clave: Reserva Marina. Pesca profesional. Biodiversidad marina.
Resumen:
Por Decreto n.º 81/2016, de 27 de julio, (BORM n.º 176 de 30 de julio) fue declarada la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso, contribuyendo así a la conservación y regeneración de los recursos pesqueros y en general a la protección de los ecosistemas marinos.
Entre los usos regulados en esta reserva marina se encuentra el ejercicio de la pesca profesional. El artículo 3 del decreto se refiere al mismo prohibiéndolo dentro del ámbito de la Célula B o área de reserva integral. En el resto de la reserva sólo se podrá practicar la pesca marítima profesional en la modalidad de artes menores, con artes de pesca expresamente autorizados, y a barcos que formen parte del censo específico que vendrá elaborado por la Consejería con competencias en la materia de pesca.
Esta orden se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ya que es necesaria para establecer la figura de protección pesquera y completar así la reserva marina establecida en aguas interiores.
Haciendo uso de la habilitación contenida en el artículo 15 de la Ley 2/2007, de 12 de marzo, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Región de Murcia, y de conformidad con lo dispuesto en el mencionado artículo 3 del Decreto n.º 81/2016, de 27 de julio, por el que se declara la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso, oído el Consejo Asesor de Pesca y Acuicultura, visto el Informe Jurídico favorable de fecha 12 de abril de 2021, y a propuesta de la Dirección General de Ganadería, Pesca y Acuicultura.
Entrada en vigor: El 15 de julio de 2021