26 January 2018

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Actualidad al día. Galicia. Impuesto compensatorio ambiental minero

Se aprueban las normas de aplicación del impuesto compensatorio ambiental minero de Galicia

Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: DOG núm. 246, de 29 de diciembre de 2017

Temas Clave: Fiscalidad ambiental; Minería

Resumen:

La Ley 12/2014, de 22 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de Galicia, creó el impuesto compensatorio ambiental minero (ICAM). Este impuesto, configurado como un tributo propio de la Comunidad Autónoma de Galicia y de carácter ambiental, está orientado a compensar las externalidades negativas generadas por las actividades de extracción, explotación y almacenamiento de minerales metálicos industriales y metales preciosos. En definitiva pretende internalizar el coste del uso que del medio ambiente hace la actividad minera que se desarrolla, incentivando la aplicación de las mejoras técnicas, herramientas y prácticas de gestión medioambiental por el sector minero gallego, promover la aceleración en la restauración de las superficies y suelos afectados y promover la investigación y desarrollo de procesos mineros más eficientes desde el punto de vista medioambiental.

Pues bien, es ahora a través de la Orden de 18 de diciembre de 2017 (por la que se establecen las normas de aplicación del impuesto compensatorio ambiental minero) donde se fija el régimen jurídico aplicable al cumplimiento de las obligaciones tributarias concernientes a este tributo, de acuerdo con los principios y disposiciones generales reglamentarias contenidas en la normativa general tributaria. Asimismo se aprueban los modelos en formato electrónico de declaraciones y de autoliquidaciones.

Esta Orden es de aplicación para el cumplimiento de las obligaciones tributarias devengadas desde el 1 de enero de 2015, fecha en la que entró en vigor la Ley 12/2014 que creaba el impuesto.

Documento adjunto: pdf_e