5 December 2014

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Actualidad al día. Aragón. Plan Rector de Uso y Gestión de tres Parques Naturales

La Comunidad Autónoma de Aragón aprueba los Planes Rectores de Uso y Gestión del Parque Natural de Los Valles Occidentales, del Parque Natural de Posets-Maladeta y del Parque Natural del Moncayo

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente:

-Decreto 167/2014, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Los Valles Occidentales. (BOA núm. 215, de 3 de noviembre de 2014)

-Decreto 168/2014, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Posets-Maladeta. (BOA núm. 215, de 3 de noviembre de 2014)

Decreto 177/2014, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Moncayo. (BOA núm. 225, de 17 de noviembre de 2014)

Temas Clave: Planificación; Parque Natural; Patrimonio Natural; Biodiversidad

Resumen:

Los citados Decretos tienen como objeto la aprobación de los Planes Rectores de Uso y Gestión de tres Parques Naturales, como instrumentos básicos de planificación de la gestión de los mismos, estableciendo la zonificación de los Espacios Naturales Protegidos, detallando los diferentes usos permitidos y prohibidos; determinando las actuaciones de gestión necesarias para la conservación y restauración de los ecosistemas y equilibrios biológicos existentes; fijando las normas para el uso y gestión de los Parques Naturales mediante el establecimiento de un régimen general de protección y de un régimen de prohibiciones y limitaciones de actividades; y regulando y promoviendo la coordinación administrativa entre los órganos administrativos implicados.

El contenido de estas normas será de aplicación a todo el territorio definido como Espacio Natural Protegido más su Zona Periférica de Protección. La zonificación del ámbito de los Parques Naturales y de su Zona Periférica de Protección a efectos de uso público, se establece en el anexo I de cada norma.

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