Autora de la nota: Lucía Casado Casado, Profesora titular de Derecho administrativo de la Universidad Rovira i Virgili
Resumen:
El Decreto 87/2010, de 29 de junio, tiene por objeto, en primer lugar, aprobar el Programa de gestión de residuos municipales de Cataluña (PROGREMIC), que determina con carácter programático la planificación del Gobierno de la Generalitat para la gestión de los residuos municipales producidos en el ámbito territorial de Cataluña y que tiene naturaleza jurídica de plan sectorial de coordinación. Este nuevo Programa de gestión de residuos municipales establece los objetivos en relación con la gestión de residuos municipales a alcanzar en 2012 (prevención en origen: reducción respecto a 2006 de un 10% en la generación de residuos municipales por cápita; valorización material: 48% de valorización material total de los residuos municipales generados; y reducción del desperdicio destinado a disposición final: disminución progresiva de residuos sin tratar destinados a incineración o depósito controlado hasta alcanzar un 100% de tratamiento y disposición de un 41% de desperdicio respecto a la generación total de residuos), así como las prioridades de las actuaciones necesarias para la gestión de los residuos municipales en Cataluña. Asimismo, prevé las obligaciones de los entes locales respecto al desarrollo de mecanismos para alcanzar los objetivos establecidos en el Programa, el tratamiento de la fracción resto en las infraestructuras de gestión de residuos municipales y el suministro de información sobre gestión de residuos municipales. En segundo lugar, este Decreto regula sucintamente el procedimiento para la aprobación del plan de desarrollo de la recogida selectiva de la fracción orgánica y la distribución de la recaudación de los cánones que gravan la disposición del desperdicio de los residuos municipales.
Entrada en vigor:
6 de agosto de 2010.