Galicia aprueba la Resolución por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2021/22
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Galicia. Número 84 de 5 de mayo de 2021
Palabras clave: Recursos cinegéticos. Control daños. Especies cinegéticas.
Resumen:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 148.1.11 de la Constitución, en virtud de lo establecido en el artículo 27.15 del Estatuto de autonomía de Galicia, esta comunidad autónoma tiene competencia exclusiva en materia de caza.
El 8 de enero de 2014 se publicó la Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia. Esta ley establece en su artículo 54 que, anualmente, una resolución de la persona titular de la dirección general competente en materia de caza determinará las épocas hábiles de caza y las medidas de control por daños, así como los regímenes especiales por especies.
El Decreto 42/2019, de 28 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, atribuye a esta consellería la ordenación y el aprovechamiento de los recursos cinegéticos, y en su artículo 11 concreta que la Dirección General de Patrimonio Natural es el organismo que ejercerá las competencias y funciones atribuidas en materia de ordenación, conservación, protección, fomento y el aprovechamiento sostenible de los recursos cinegéticos.
Esta resolución regula los períodos hábiles de caza, las especies sobre las que se podrá ejercer, los métodos autorizados para su práctica y las limitaciones generales o particulares que afectarán al ejercicio de la actividad cinegética en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada 2021/22, que abarca el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de julio del año 2022
Entrada en vigor: El 6 de mayo de 2021.