19 September 2018

Autonomous communities Balearic Islands Current Legislation

Legislación al día. Islas Baleares. Biodiversidad. Posidonia oceanica

Decreto 25/2018 de 27 de julio, sobre la conservación de la Posidonia oceánica en las Illes Balears

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOIB núm. 93, de 28 de julio de 2018

Temas Clave: Biodiversidad; Posidonia; Cambio climático; Red Natura 2000; Hábitat; Especie; Usos y actividades

Resumen:

La Posidonia oceánica es una fanerógama marina endémica del mar Mediterráneo, de crecimiento muy lento y de una extraordinaria importancia biológica y ecológica, que forma extensas praderas en torno a las Illes Balears, con una superficie de más de 650 km2. Se trata de la vegetación marina más extendida en fondos litorales entre 0 y 35 m de profundidad, llegando hasta los 43 m en el Parque Nacional Marítimo-terrestre del Archipiélago de Cabrera, con una dinámica biológica que incluye el desprendimiento anual espontáneo de una gran parte de biomasa de hojas que se regeneran naturalmente.

Cabe destacar igualmente el importante papel de las praderas en la retención de sedimentos y nutrientes, el refugio para la reproducción de especies así como la oxigenación del agua (produce diariamente hasta 20 litros de O2 por cada m2) y la captación de CO2. Por este motivo es fundamental conservarlas como elemento mitigador del cambio climático.

Las Illes Balears son la comunidad autónoma que posee la mayor superficie de praderas de Posidonia oceánica del Estado, concretamente un 50 % del total inventariado. Además, alrededor del 75 % de estas se encuentran dentro de áreas incluidas en la Red Natura 2000. De hecho, es considerada hábitat prioritario (1120 – Posidonion aceanicae) según la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992.

Cabe recordar, además, que las praderas situadas entre las islas de Eivissa y Formentera fueron declaradas Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en 1999.

En este marco, el presente decreto viene a desarrollar la normativa básica estatal, en particular la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, así como la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de Protección del Medio Marino, estableciendo normas adicionales de protección.

Aunque la Posidonia oceánica está fuertemente protegida como hábitat y especie bajo la legislación europea y básica estatal, la realidad evidente en el litoral de las Illes Balears hace que este ecosistema esté sometido a una serie de presiones y amenazas que ponen en peligro su buen estado de conservación, hecho avalado por todas las evidencias científicas.

Este decreto pretende establecer un marco jurídico homogéneo para su protección y conservación, mediante la regulación de aquellos usos y actividades que puedan afectar a la especie y el hábitat, y mediante la promoción de acciones que contribuyan de forma activa al mantenimiento y la consecución de su estado favorable de conservación. Asimismo, pretende formar un todo coherente con el resto de normativa autonómica compuesta por los instrumentos de planificación de los espacios de relevancia ambiental.

A lo largo de su articulado se establecen: Delimitación cartográfica y catalogación. Excepciones al régimen de prohibiciones. Regulación del fondeo de embarcaciones. Autorización de instalaciones de fondeos de bajo impacto. Comité Posidonia. Régimen sancionador.

Incluye cinco disposiciones adicionales que versan sobre: Competencias de la Administración General del Estado en la protección de la posidonia. Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000 de competencia autonómica. Manual informativo e instrucciones, circulares y órdenes de servicio. Emisarios o instalaciones de proyectos no estatales sobre fondo de posidonia. Fondo Posidonia.

Finalmente, este decreto se cierra con tres anexos. Incluyen “imágenes”; buenas prácticas de retirada de restos de posidonia muerta en el ámbito territorial de competencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las fuentes disponibles de cartografía.

Entrada en vigor: 29 de julio de 2018.

Documento adjunto:pdf_e