20 May 2016

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Actualidad al día. Baleares. Turismo sostenible. Fiscalidad

La Comunidad Balear adopta medidas para impulsar el turismo sostenible

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible. (BOIB núm. 42, de 2 de abril de 2016)

Temas Clave: Fiscalidad ambiental; Turismo sostenible

Resumen:

La actividad turística  constituye  el núcleo de la economía balear pero, al mismo tiempo, ha supuesto una explotación excesiva de los recursos territoriales y medioambientales. Con el objetivo de mantener la competitividad del sector se considera necesario invertir no solo en infraestructuras sino en productos medioambientales que respondan a las preferencias actuales y a las tendencias futuras de los turistas, cada vez más interesados en destinos que fomenten el desarrollo medioambiental sostenible. Todo ello exige a los agentes implicados —así como a las instituciones públicas— un esfuerzo que garantice un turismo sostenible, esfuerzo para el que hay que contar con la colaboración del sector empresarial.

En el ejercicio de la autonomía financiera, mediante la presente ley se establece un nuevo tributo, el impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears, que tiene un carácter básicamente finalista, mediante la afectación de los ingresos que se recauden a la realización de gastos e inversiones vinculadas, en esencia, con el desarrollo y la protección medioambiental, y con el turismo sostenible. A tal efecto, se crea el fondo para favorecer el turismo sostenible —que se nutrirá del producto de la recaudación de este nuevo tributo—, y, teniendo en cuenta que el desarrollo sostenible requiere la colaboración y la participación de la sociedad, se crea también la Comisión de Impulso del Turismo Sostenible, órgano en el que participarán las administraciones públicas y los agentes económicos y sociales. Esta comisión elaborará un plan anual de impulso del turismo sostenible que fije los objetivos anuales prioritarios, con criterios de equilibrio territorial, y será la encargada de velar por la aplicación del citado fondo.

Así pues, el impuesto que se establece mediante la presente ley está destinado, por una parte, a compensar a la sociedad balear por el coste medioambiental y social y la precariedad laboral que supone el ejercicio de determinadas actividades que distorsionan o deterioran el medio ambiente en el territorio de las Illes Balears, y, por otra, a mejorar la competitividad del sector turístico por medio de un turismo sostenible, responsable y de calidad en el archipiélago.

Por lo tanto, se hace recaer el peso del gravamen sobre las personas físicas que disfrutan de las estancias turísticas, por medio de establecimientos turísticos, y que, directa o indirectamente, alteran el equilibrio natural, lo cual repercute en el conjunto del grupo social, que soporta sus efectos.

Documento adjunto: pdf_e