Fuente: Europa Press, 5 de junio de 2009
Los ministros de Justicia de la Unión Europea dieron el día 5 de junio su aprobación final a la norma comunitaria que obligará a los Estados miembros a imponer sanciones penales para los delitos de contaminación grave procedente de buques.
La legislación, que ya fue respaldada por el pleno de la Eurocámara el pasado 5 de mayo, establece que también deberán imponerse sanciones de carácter penal en casos de contaminación leve si el delito de vertido es repetido, deliberado o resultado de negligencia grave o imprudencia temeraria. Los Estados tienen ahora un plazo de un año para aplicar la normativa.
El objetivo de esta iniciativa es disuadir a los transportistas marítimos que contaminan porque consideran que pagar una multa administrativa es más rentable que respetar la ley. La directiva pide a los Estados miembros que fijen penas “eficaces y disuasivas”, no sólo para los propietarios de los buques sino también para cualquiera que pueda beneficiarse, como los propietarios de la carga o las sociedades de clasificación.
La UE ya contaba desde el año 2005 con una directiva para castigar la contaminación procedente de buques y con una decisión marco que establece las sanciones para los responsables. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE) anuló en octubre de 2007 la decisión marco por considerar que su base legal era errónea. La sentencia afirmaba que la directiva puede exigir a los Estados miembros que establezcan sanciones penales para la industria del transporte, pero no fijar el tipo o el nivel exacto de las penas, algo que corresponde a cada país.”