17 August 2010

Community of Valencia Current Legislation

Legislación al día. Comunidad Valenciana

Ley 12/2010, de 21 de julio, de la Gerneralitat, de Medidas Urgentes para Agilizar el Ejercicio de Actividades Productivas y la Creación del Empleo (DOCV núm. 6316, de 22 de julio)

Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT  

Resumen:

Ante la situación de crisis económica que atraviesa España, resultó preciso adoptar una serie de medidas de carácter urgente que contribuyeran, directa o indirectamente, a favorecer la recuperación de los sectores productivos y la creación de empleo en la Comunidad Valenciana, que se tradujeron, en la promulgación del Decreto-Ley 2/2010, de 28 de mayo, del Consell (DOCV núm. 6278, de 31 de mayo), posteriormente validado por Resolución 363/VII, de 16 de junio de 2010, del Pleno de Les Corts (DOCV núm. 6293, de 21 de junio).

La presente Ley, convalida (salvo alguna novedad puntual introducida) las medidas adoptadas en su día por el Decreto-Ley, adoptando un conjunto de disposiciones dirigidas por un lado, a simplificar los procedimientos urbanísticos para facilitar la implantación de actividades productivas, y por otro, a potenciar el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles para impulsar la inversión económica.

Así, la Ley introduce modificaciones en la Ley Urbanística Valenciana, en la Ley de Suelo No Urbanizable, y en la Ley de Ordenación del Territorio y del Paisaje, así como en el régimen jurídico de tres organismos de la Generalitat: la empresa pública VAERSA, la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana, y el Instituto Cartográfico Valenciano.

Las reformas introducidas en la legislación urbanística y de ordenación del territorio, que se marcan como objetivo la simplificación de los procedimientos urbanísticos, pueden sintetizarse de la siguiente forma:

– Se suprime la figura del concierto previo en la tramitación de los Planes Generales Municipales.           

– Se suprime la Cédula Territorial de Urbanización.

– Se elimina la exigencia de que los elementos de red primaria adscritos a un sector sean colindantes o próximos a él.

– Se eliminan las restricciones que para actuaciones en suelo urbano, introdujo el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

– Se modifica el artículo 104.2 de la Ley Urbanística Valenciana, de manera que se despejan las dudas que la redacción vigente suscita respecto a qué parte de los planes urbanísticos deben ser objeto de publicación oficial, optando por la alternativa más racional y más ágil.

– Se incluye en la Ley de Suelo No Urbanizable un nuevo procedimiento de urgencia que se podrá aplicar a los procedimientos de declaración de interés comunitario que autoricen la implantación en suelo no urbanizable de actividades que generan empleo.

– Se introduce un conjunto de modificaciones en el articulado de la Ley del Suelo No Urbanizable destinadas a permitir o facilitar el desarrollo de determinadas implantaciones (casas rurales, tiendas de productos agrícolas o plantas ornamentales y frutales, estacionamientos de vehículos o maquinaria, campings y centros deportivos, actividades educativas y sanitarias…), en suelo no urbanizable.

– Se elimina la necesidad de una nueva declaración de interés comunitario cuando se trata de meras reformas sin ampliación e edificaciones o instalaciones que ya habían sido objeto de una declaración previa.

– Se introduce la posibilidad de ejecutar menores mediante una declaración responsable que sustituya a la licencia municipal, estableciendo a su vez, que el plazo máximo para que la administración de la Generalitat y las entidades locales emitan los informes que exigen las leyes que regulan la ordenación del territorio, el urbanismo y el uso del suelo en la Comunidad Valenciana, es como máximo de un mes.

– Se incrementan las posibilidades de conceder, a criterio de los Ayuntamientos, prórrogas, fraccionamientos o reducciones del canon por actividades en suelo no urbanizable, especialmente cuando sean actividades que crean empleo.

– Se flexibiliza el cálculo de dicho canon, derogando la Orden que lo regula y permitiendo a los Ayuntamientos determinar su cuantía aplicando los criterios legales.

– Se elimina la exigencia de que los Ayuntamientos elaboren y tramiten programas de sostenibilidad para poder disponer de los recursos derivados de los cánones por declaraciones de interés comunitarios, ingresos, que ahora se incorporarán directamente al patrimonio público de suelo.

En cuanto a las modificaciones introducidas en el régimen jurídico de organismos de la Generalitat, las medidas adoptadas son las siguientes:     

– Se amplía el ámbito de actuación y capacidad de VAERSA para impulsar la inversión de la Gerneralitat en la construcción de infraestructuras y en la gestión de servicios públicos.

– Se reconoce a la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales la posibilidad de contratar obras con aplazamiento de pago.

– Se reconoce  al Instituto Cartográfico Valenciano la condición de medio propio y servicio técnico de la Generalitat.

 Finalmente, la Ley determina, que en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, el Consell aprobará un decreto en el que se regule la coordinación de los instrumentos y procedimientos contenidos en la Ley 9/2006, de 28 de abril, con los instrumentos y procedimientos establecidos en la legislación valenciana en materia de ordenación del territorio y urbanismo. 

Entrada en vigor:  

22 de julio de 2010 

Normas afectadas:  

El Decreto-Ley modifica las siguientes normas:

            – Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Urbanística Valenciana.

            – Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat, de Suelo No Urbanizable.

– Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje.

– Ley 9/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat, de creación del Instituto Cartográfico Valenciano. 

Y a su vez, deroga las siguientes normas.

– Los artículos 112 al 116, ambos inclusive, de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre de la Generalitat, Urbanística Valenciana.

– El artículo 102 de la ley 12/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat.

– Los artículos 205, 214 a 216, ambos inclusive, 225 a 233, ambos inclusive, y 463 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, aprobado por el Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell.

– La Orden de 3 de noviembre de 2008, de la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se regula el coste de transformación de la superficie vinculada a las declaraciones de interés comunitario para el cálculo del canon de uso y aprovechamiento.