Se modifica el Plan Rector de Uso y Gestión de los Monumentos Naturales de los Glaciares Pirenaicos de Aragón
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOA núm. 91, de 13 de mayo de 2022
Palabras clave: Comunidades Autónomas. Espacios naturales protegidos. Restricciones aéreas.
Resumen:
A través del Decreto 62/2022, de 4 de mayo, se ha procedido a modificar el Plan Rector de Uso y Gestión de los Monumentos Naturales de los Glaciares Pirenaicos aprobado en 2020.
El objeto de esta modificación es la supresión en el capítulo IV del anexo la prohibición de sobrevolar a menos de 1.000 metros sobre la altura del glaciar con cualquier tipo de aeronave (helicóptero, avioneta, dron). Esta modificación está causada por la invasión de competencias estatales, pues cualquier restricción aérea, incluidas las impuestas por razones medioambientales, deben ser aprobadas por la estatal Comisión Interministerial Defensa y Fomento -CIDEFO-, todo ello de conformidad con la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea y con el Real Decreto 1180/2018, de 21 de septiembre.
Enlace web: Decreto 62/2022, de 4 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 104/2020, de 28 de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 30 de diciembre de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Antonio Sánchez Ibáñez)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ NA 609/2021 – ECLI:ES:TSJNA:2021:609
Temas Clave: Clasificación de suelos. Ordenación del territorio. Planeamiento urbanístico. Urbanismo.
Resumen:
El ayuntamiento de Noáin interpone recurso contencioso-administrativo contra la Resolución 51E/2020, de 18 de junio, de la Directora General de Ordenación del Territorio, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la Normativa del expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la ampliación de la Ciudad del transporte de Pamplona en el término municipal de Noáin (Valle de Elorz), relativo a la las servidumbres aeronáuticas y la reordenación de la 4ª Fase.
La modificación de este Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal consistía, entre otras cuestiones, en la posibilidad de desarrollar un modelo de ocupación determinado por el carácter aislado de sus edificaciones y la dimensión de sus parcelas.
Sin embargo, a juicio de la parte actora, el objeto real de la modificación era la de conseguir un marco normativo adecuado que permitiese implantar en los
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 23 de diciembre de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Raquel Hermela Reyes Martínez)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ NA 634/2021 – ECLI:ES:TSJNA:2021:634
Temas Clave: Atmósfera. Calidad del aire. Comunidades Autónomas. Contaminación atmosférica. Emisión de contaminantes a la atmósfera.
Resumen:
Una entidad ecologista interpone recurso contencioso-administrativo contra la desestimación por silencio administrativo de la solicitud formulada al Gobierno de Navarra para que se adopte de manera urgente el Plan de Mejora de la calidad del aire para el ozono en la zona de la Ribera Navarra.
Los fundamentos de la petición de la asociación recurrente se basan fundamentalmente en que, de conformidad con el artículo 24.1 del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, se tendría que haber aprobado por la administración foral un plan de mejora de la calidad del aire, teniendo en cuenta que en el ámbito se habría estado superando en los últimos 5 años el valor objetivo de ozono troposférico para la protección de la vegetación y de los niveles objetivos de ozono troposférico para
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 16 de noviembre de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Raquel Hermela Reyes Martínez)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ NA 547/2021 – ECLI:ES:TSJNA:2021:547
Temas Clave: Agricultura. Ayudas. Ayuntamientos. Biodiversidad. Convención sobre los humedales de importancia internacional (Convenio de Ramsar). Espacios naturales protegidos. Red Natura. Subvenciones.
Resumen:
El ayuntamiento de Pitillas (Navarra) interpone recurso contencioso-administrativo contra la Orden Foral 83E/2020, de 8 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por el Ayuntamiento de Pitillas contra la Resolución 84/2019, de 29 de octubre, del Director General de Medio Ambiente de concesión de indemnizaciones por limitaciones en espacios naturales protegidos por su anualidad 2019.
Como se desprende de la lectura de la sentencia examinada, hay que destacar que desde 1996 hasta el 2016, existía un acuerdo entre el ayuntamiento recurrente y la administración foral navarra, concerniente a una compensación por lucro cesante por las limitaciones ambientales a los terrenos comunales ubicados dentro de la Reserva Natural de Pitillas y su Zona Periférica de Protección (en cuyo ámbito
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 11 de octubre de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Jesús Azcona Labiano)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ NA 517/2021 – ECLI:ES:TSJNA:2021:517
Temas Clave: Instrumentos de planificación. Planeamiento urbanístico. Suelos. Urbanismo.
Resumen:
Por un particular se interpone recurso contencioso-administrativo contra la Orden Foral 100E/2019, de 28 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueba definitivamente el Plan General municipal de Puente La Reina (Navarra) y su normativa urbanística.
Los motivos aducidos en el escrito de demanda sustentadores de la solicitud de nulidad del plan urbanístico recurrido, son variados y heterogéneos, tales como la ausencia de información pública referida a la fase de aprobación inicial (desestimado) y otros que no llegan a examinarse en la sentencia analizada, por cuanto el concerniente a la ausencia del Informe de telecomunicaciones es admitido y, por ende, resulta anulado el plan, tal y como se expone a continuación.
En este sentido, el recurrente arguye la ausencia del Informe de telecomunicaciones previsto en el artículo 35.2 de la Ley 9/2014, de 9 de
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