Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 3 de febrero de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 8, Ponente: Ana María Jimena Calleja)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 1372/2022 – ECLI:ES: TSJM:2022:1372
Temas Clave: Minería. Garantías financieras. Plan de restauración.
Resumen:
En este supuesto concreto, la Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por DIAFER, S.A. contra la resolución de 19 de noviembre de 2019 del Viceconsejero de Economía y Competitividad de la Comunidad de Madrid por la que se desestimó el recurso de alzada contra la resolución de fecha 30 de noviembre de 2018, del Director General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, en la que se revisan las garantías financieras o equivalentes para la rehabilitación del espacio natural afectado por la explotación, preparación, concentración y beneficio de recursos minerales de explotación minera denominada “LAS CASTELLANAS” (A078) sita en Colmenar de la Oreja.
DIAFER es titular de los siguientes derechos mineros: -Autorización de explotación de recursos mineros de la Sección A) denominada “Las Castellanas”, nº A078, – Concesión de explotación de recursos mineros de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 3 de febrero de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: María Soledad Gamo Serrano)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 1134/2022 – ECLI:ES: TSJM:2022:1134
Palabras clave: Declaración responsable. Telecomunicaciones. Evaluación ambiental. Inconstitucionalidad sobrevenida.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso de apelación interpuesto por la mercantil Orange Espagne, S.A.U., contra la Sentencia dictada en fecha 13 de octubre de 2020 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 29 de Madrid, que a su vez desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la citada mercantil contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Tres Cantos de fecha 24 de octubre de 2019, desestimatorio del recurso de reposición entablado frente a la resolución del Primer Teniente de Alcalde de 28 de diciembre de 2018, que acordó requerir a la mercantil para que presentara la Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid con el fin de legalizar la Estación Base de Telefonía Móvil sita en la calle Valdecarrizo núm. 51 de dicha localidad.
Es parte apelada el Excmo.
Plan Nacional para la reducción de las capturas accidentales en la actividad pesquera
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución de 10 de febrero de 2022, conjunta de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación y de la Dirección General de Pesca Sostenible, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de enero de 2022, por el que se adopta el Plan Nacional para la reducción de las capturas accidentales en la actividad pesquera. (BOE n. 75, de 29 de marzo de 2022)
Palabras Clave: Biodiversidad. Pesca. Especies. Mamíferos, aves marinas y tortugas marinas. Capturas accidentales.
Resumen:
España cuenta en sus mares con una biodiversidad muy importante que incluye 17 especies de mamíferos marinos frecuentes en nuestras aguas (con hasta 32 especies distintas citadas), de los que 12 se consideran vulnerables y dos en peligro de extinción (ballena franca y marsopa), más de 40 aves marinas, con siete en estado vulnerable y dos en peligro de extinción (arao y pardela balear), y cinco especies de tortugas marinas de las que una está en un estado vulnerable. Por ello,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 2 de febrero de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Francisco Javier Canabal Conejos)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 1111/2022 – ECLI: ES: TSJM:2022:1111
Palabras clave: Urbanismo. Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal. Suelo No Urbanizable Común. Sierra de Guadarrama. Plan de Ordenación de Recursos Naturales. “Zonas de Transición”. Montes. Evaluación ambiental. Alternativas. Paisaje. Flora. Fauna. Estudio Ambiental Estratégico.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por “Ecologistas en Acción Madrid-AEDENAT” contra la Orden 1802/2019, de 23 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual 1/2015 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Los Molinos en el ámbito de “El Balcón de la Peñota”, publicada en el BOCM de 16 de enero de 2020.
La Modificación abarca parte de los terrenos originariamente ubicados en el Plan Parcial “Matamaillo”, y procede al cambio de clasificación del actual Suelo No Urbanizable Común a Suelo Urbano Consolidado. Al mismo tiempo, la Modificación
Decreto 15/2022, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOCM n. 42, de 2 de marzo de 2022
Palabras Clave: Caza. Competencias. Planificación. Aprovechamiento cinegético. Conservación. Especies cinegéticas. Comercio. Traslados. Medios de caza. Autorizaciones. Prohibiciones. Registros. Cetrería. Terrenos cinegéticos. Infraestructuras. Granjas cinegéticas. Vigilancia. Desarrollo rural.
Resumen:
La Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha y su modificación posterior mediante la Ley 2/2018, de 15 de marzo, supuso un avance en cuanto a los principios que rigen la actividad cinegética en la Región, promoviendo y garantizando la contribución de la gestión cinegética a la conservación de los hábitats naturales y especies silvestres en línea con lo establecido en el artículo 65.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad.
El presente reglamento pretende reforzar el papel de la caza ligada a la conservación biológica y al uso social y ambientalmente responsable del medio natural, cualidad que ha de ser
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