Baleares aprueba el Plan Especial frente al Riesgo de Inundaciones
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 1/2022 de 3 de enero por el que se aprueba el Plan Especial frente al Riesgo de Inundaciones. (BOIB extr. n. 3, de 4 de enero)
Palabras Clave: Aguas. Planificación.
Resumen:
Transcurridos quince años desde la aprobación del primer plan de emergencia para inundaciones, los registros permiten concluir que se ha ido incrementando gradualmente la intensidad de estos tipos de fenómenos, que son más frecuentes, y, por tanto, ha aumentado el riesgo potencial sobre las personas y los bienes. Esto hace necesaria una revisión técnica en profundidad del plan que permita comprender mejor la problemática del riesgo derivado de las inundaciones.
Este Plan tiene por objeto hacer frente a cualquier situación de riesgo grave o emergencia producida por inundaciones. Con él se da cumplimiento, además de a la propia normativa de emergencias, al artículo 15.2 del RD 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación y a la medida ES110_15.02.01-01 del RD 159/2016, de 15 de abril, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de las Islas baleares. Asimismo, prevé otro tipo de fenómenos asociados como es el caso de los riesgos geológicos.
El punto 1.3. incluye un Listado de Conceptos Básicos.
El apartado 3. se refiere a la tipología de inundaciones y sus fenómenos asociados. Se encuadran en algunos de los siguientes tipos: Inundaciones por precipitación in situ; por escorrentía, avenida o desbordamiento de cauces; por zonas costeras; y por rotura u operación incorrecta de obras de infraestructura hidráulica.
Tengamos presente que las inundaciones, tanto en España como en las Islas Baleares, constituyen el riesgo natural que a lo largo del tiempo ha producido los mayores daños, materiales y de pérdidas humanas; por lo cual, la lucha contra sus efectos ha sido una constante en la política de aguas y de protección civil.
El Plan tiene una vigencia indefinida, sin perjuicio de poder ser revisado cada cuatro años.
Queda derogado el Decreto 40/2005, de 22 de abril, por el que se aprueba el Plan Especial frente al Riesgo de Inundaciones.
Enlace web: Decreto 1/2022 de 3 de enero por el que se aprueba el Plan Especial frente al Riesgo de Inundaciones
Enlace web: Plan Especial frente al riesgo de inundaciones (INUNBAL), enero 2022