Extremadura aprueba el Plan de Recuperación del Águila Perdicera
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 76/2016, de 13/12/2016, por el que se aprueba el Plan de Recuperación del Águila Perdicera (Aquila fasciata) y se declaran zonas sensibles las áreas críticas para la supervivencia de esta especie en Castilla-La Mancha. (DOCM núm. 244, de 19 de diciembre de 2016)
Temas Clave: Biodiversidad; Especies en peligro de extinción; Planificación
Resumen:
El águila perdicera está incluida en el Anexo I de la Directiva 2009/147/CEE, relativa a la Conservación de las Aves Silvestres, que requiere a los Estados Miembros de la Unión Europea la designación de zonas de protección especial para su conservación. El artículo 86 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha, establece la necesidad de redactar Planes de Recuperación para las especies catalogadas “en peligro de extinción”.
A través de este decreto se definen las medidas necesarias para eliminar o aminorar los factores que ponen en peligro su supervivencia. Las actuaciones comprendidas en el Plan de Recuperación del águila perdicera en Castilla-La Mancha, se centran en las áreas críticas y zonas de dispersión que se definen en el mismo y delimitadas según se dispone en el anexo II del presente Decreto. El Plan contiene la zonificación del territorio precisa para la realización de las actuaciones, la determinación de las áreas críticas para su conservación y la normativa y limitaciones para los usos y actividades que deban ser de su aplicación.
Los objetivos y las actuaciones contenidas en el Plan se consideran de utilidad pública e interés social.