Se aprueba el Decreto regulador de las entidades colaboradoras de medio ambiente de Cataluña
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC núm. 6862, de 30 de abril
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; Competencias; Entidades colaboradoras de medio ambiente
Resumen:
Se ha probado el Decreto 60/2015, de 29 de abril, sobre las entidades colaboradoras de medio ambiente de Cataluña, cuyo fin es el de desarrollar la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, con el fin de dotar a la administración ambiental de Cataluña de un sistema de habilitación de entidades colaboradoras a las que pueda atribuir o delegar funciones de inspección y control que le son propias, con la garantía de que se llevarán a cabo de acuerdo con los requisitos de capacidad técnica, independencia, imparcialidad y responsabilidad.
De este modo, y atendiendo a los nuevos predicamentos relativos a la intervención pública que pretenden agilizar los procedimientos autorizatorios (sino, directamente, suprimirlos por declaraciones previas), se ha producido un crecimiento exponencial de la actividades de estas entidades privadas que colaboran con la administración en el ejercicio de sus funciones, en ámbitos concernientes al derecho ambiental, como la prevención y control ambiental de actividades, la prevención de la contaminación atmosférica o acústica, etc.
Teniendo en cuenta que la normativa sectorial delega funciones a estas entidades colaboradoras, otorgando valor probatorio a las actas, informes y certificaciones emitidas por las mismas, se estima necesario efectuar una regulación expresa sobre ellas. Fin al que responde este Decreto, regulando su habilitación, funcionamiento y su supervisión, incluyendo el establecimiento de un régimen sancionador en caso de incumplimiento.